20 de enero de 2025
Las pensiones que son parte de los Programas para el Bienestar del Gobierno de México tienen considerado un pago especial para apoyar a las familias cuando ocurre el fallecimiento de las y los derechohabientes: el pago de marcha.
Este pago es un apoyo económico que se entrega a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía la pensión.
El pago de marcha está disponible en la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, la Pensión el Bienestar de las Personas con Discapacidad y la Pensión Mujeres Bienestar.
Te recordamos que esta última es la nueva pensión creada por la presidenta Claudia Sheinbaum que se otorga a las mujeres de 63 y 64 años de edad de todo el país, salvo en las localidades indígenas o afromexicanas, donde se entrega a las mujeres de 60 a 64 años.
¿Cuánto entrega el pago de marcha y cómo se solicita?
El apoyo económico se entrega por una sola ocasión y varía según la pensión que recibía la o el derechohabiente.
Pensión | Pago de marcha |
Pensión para adultos mayores | 3,100 pesos |
Pensión para personas con discapacidad | 1,600 pesos |
Pensión Mujeres Bienestar | 1,500 pesos |
Para solicitarlo, la persona auxiliar de la o el derechohabiente debe notificar el fallecimiento en la Línea del Bienestar, cuyo número es 800 639 42 64, en un horario de 8:00 am a 9:00 pm de lunes a viernes y de 9:00 am a 7:00 pm en fines de semana y días de asueto.
En la llamada se le pedirán sus datos personales, así como los de la o el derechohabiente fallecido.
Entre los datos que se piden están algunos que vienen en el acta de defunción o constancia médica de fallecimiento emitida por alguna institución pública, por lo que es importante tenerla a la mano.
En la misma llamada se le darán a las persona auxiliar las instrucciones a seguir para recibir el pago de marcha.
La notificación debe hacerse dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento; si no se hace en ese plazo, se pierde el derecho al apoyo.
Luego del trámite correspondiente, el pago se emitirá al siguiente bimestre.
¿Cómo registrar a una persona auxiliar?
En sus reglas de operación, las Pensiones para el Bienestar contemplan la entrega del pago de marcha sólo a las personas auxiliares.
Si tú recibes alguna de las pensiones y aún no tienes registrada a ninguna persona auxiliar, puedes dar de alta a quien tú desees, sea familiar tuyo o no; es muy fácil.
Tú o quien quedará registrada como auxiliar debe llamar a la Línea del Bienestar. Se debe proporcionar la siguiente información de ambas personas:
- CURP
- Direcciones de domicilios
- Claves de elector
- Números de contacto
Tener registrada a una persona auxiliar sirve para que ésta puede acudir en representación de la o el derechohabiente a realizar cualquier trámite relacionado con la pensión que recibe y sólo ella recibirá el pago de marcha en caso de fallecimiento.
Para ese momento triste, las pensiones de los Programas para el Bienestar proporcionan ese último pago, a fin de que los deudos de las y los derechohabientes se apoyen en los gastos que deban realizar.